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Parcela en Estepona de 885 m² situada en la Urbanización Forest Hills, calificada como residencial unifamiliar y con una superficie edificable de 210 m², destinada a la construcción de una vivienda aislada de hasta dos plantas.
El terreno se encuentra en la Calle Copenhague s/n, dentro del término municipal de Estepona, en el partido de Las Abejeras y Padrón, zona que hoy se conoce como Urbanización Forest Hills. Según los datos disponibles, la finca forma parte de la Unidad de Ejecución Vacante del Sector SUP-TC1 Las Abejeras. En las características figura como terreno urbanizable, mientras que la descripción la presenta como parcela edificable, por lo que conviene confirmar la situación urbanística exacta con la documentación municipal. Al tratarse de un terreno, no procede hablar de estado de conservación ni de certificado energético.
La superficie total del terreno es de 885 m², que coincide con la superficie mínima en venta. Por tanto, la finca se ofrece completa y no por partes. En las características figura una superficie edificable de 210 m². La descripción del anuncio expresa la edificabilidad como 0,237 %, un dato que, tal como está escrito, no encaja con esa cifra. Para este texto se toma como referencia la superficie edificable de 210 m² que recogen las características. Al ser un solar, no constan datos registrados de habitaciones, baños ni distribución interior, y la entrada no incluye proyecto ni anteproyecto de edificación.
El anuncio no recoge anejos ni construcciones existentes en la finca. En cuanto al acceso, las características indican que se realiza por camino. Por otra parte, no constan datos registrados sobre la disponibilidad o el estado de las acometidas de agua, electricidad, telecomunicaciones o saneamiento, de modo que este punto debe comprobarse directamente antes de plantear un proyecto.
La finca se sitúa a unos 3 km del núcleo urbano más cercano, en el partido de Las Abejeras y Padrón, actualmente integrado en la Urbanización Forest Hills. En cuanto a la normativa recogida en el anuncio, se permite una sola vivienda aislada, con una separación mínima de 3 metros entre fincas. La altura máxima es de planta baja más una, o bien 7 metros totales, lo que concuerda con las 2 plantas edificables que señalan las características. El uso asignado es residencial unifamiliar, de tipo chalet.
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